Probablemente conoceréis a algún amigo/conocido/familiar que esté temporalmente en el extranjero y que para las elecciones de marzo probablemente no esté en España. (estudiantes erasmus, etc). El procedimiento que han de seguir para que puedan ejercer su derecho al voto.
1. Tendrán que solicitar a su intención de votar a la Oficina del censo que les corresponda (a la de baleares, en este caso). para hacer constar este deseo se puede hacer bien yendo al consulado o embajada española en el lugar donde estén (Alemania, Inglaterra), o bien, y creo que es la opción más fácil, a través de la web del Ministerio de Asuntos Exteriores y cooperación. AHORA BIEN, LO HAN DE SOLICITAR YA (tienen 25 días una vez que se anuncian las elecciones)
2. Una vez rellenada esta solicitud para votar en España, ha de entregarse en la Oficina Consular o embajada (presentando el dni)y esperar a que desde el censo envíen al consulado todas las papeletas para que pueda decidir el voto.
3. Una vez seleccionado el partido al que se quiera votar, la embajada se encarga de hacerlo llegar a la Oficina Censal de Baleares. Es un procedimiento sencillo, pero hay que estar pendiente.
Creo que la ocasión lo merece
1 comentario:
bona nit...
vaya si que le metes caña al blog, y por cierto... ejem... política lleva tilde en la i
besis
mateos
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